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Evitá multas en junio: lo que tenés que saber sobre los pagos parciales y precios de transferencia

Junio trae tareas importantes que no podés dejar pasar si querés mantener las finanzas de tu negocio en orden. Este mes vencen dos compromisos con el Ministerio de Hacienda que, si los descuidás, te pueden costar caro en multas e intereses. Nos referimos al primer pago parcial del impuesto sobre la renta del periodo fiscal 2026 y a la declaración informativa de precios de transferencia. En JRC queremos que tengás toda la claridad sobre cómo te afectan estas fechas y qué tenés que hacer para que tu pyme siga operando con total tranquilidad.

¿Qué significa esto para tu empresa?

Hablemos primero del adelanto de renta. Los pagos parciales son, básicamente, abonos obligatorios que le hacés a Hacienda a lo largo del año para que el monto final de tu impuesto sobre la renta no se sienta tan pesado al cierre del periodo fiscal. Este de junio es el primero de los tres pagos que debés realizar en el periodo fiscal 2026.

Close-up of hands organizing tax forms on a desk with a calculator, laptop, and notebook.
Foto de Mikhail Nilov en Pexels

Para saber cuánto te toca pagar, el cálculo de Hacienda compara dos números: el promedio del impuesto sobre la renta que declaraste en los últimos tres años, y el impuesto que pagaste el año anterior. De esos dos montos, el sistema toma el que sea mayor y le aplica el 25%. Ese resultado es tu pago parcial. Podés consultarlo directamente en tu cuenta de la Oficina Virtual (OVI) del Ministerio de Hacienda. Si no pagás a tiempo, te exponés a una multa del 1% por cada mes o fracción de mes de atraso, calculada sobre el dinero que debías pagar, con un límite máximo del 20%.

La segunda obligación es la Declaración Informativa de Precios de Transferencia, que se presenta con el formulario D-273. Esta declaración sirve para que Hacienda controle las transacciones de bienes, servicios o financiamiento entre empresas vinculadas, es decir, negocios que comparten socios, dueños o administración. El objetivo es comprobar que se estén cobrando precios de mercado reales y no tarifas artificiales para pagar menos impuestos.

No todas las pymes deben presentar el D-273. Esta obligación aplica únicamente si tu negocio pertenece al régimen de Zona Franca, si está catalogado como gran contribuyente nacional, o si realizó operaciones con empresas vinculadas (ya sean locales o en el extranjero) que superen los 1.000 salarios base durante el año. En Costa Rica, el salario base para este tipo de cálculos ronda los 462.200 colones, por lo que este límite equivale a transacciones acumuladas por más de 462 millones de colones. Si tu pyme no llega a estos montos ni tiene empresas vinculadas bajo estas condiciones, no tenés que preocuparte por este formulario en particular.

¿Qué tenés que hacer y cuándo?

Para el primer pago parcial de renta, la fecha límite es clave. Tenés que ingresar a la plataforma de Hacienda, verificar el monto asignado y realizar el pago antes de que termine el mes. Podés cancelarlo directamente en línea utilizando el sistema de Débito en Tiempo Real (DTR) en la OVI, el cual funciona las 24 horas del día, o bien hacer la transferencia por medio del sitio web de las entidades financieras autorizadas.

Para la declaración D-273 de precios de transferencia, el plazo máximo de presentación es el 30 de junio. Si tu empresa entra en los perfiles obligados, vas a necesitar recopilar detalles muy específicos de las transacciones con tus vinculadas: la identificación de cada negocio, el tipo de operaciones realizadas, las tasas de interés o plazos en caso de préstamos, y el método técnico que usaron para demostrar que los precios se fijaron bajo condiciones normales de mercado.

Preparar esta información con tiempo te evita contratiempos de última hora. Acordate de que tener tu contabilidad al día es el escudo principal para que tu pyme crezca sin sorpresas fiscales desagradables.

Si tenés dudas sobre cómo calcular tu pago parcial de renta, si querés confirmar si tu negocio está obligado a declarar precios de transferencia, o si preferís que nos encargemos de todo el proceso para que te enfoqués solo en vender, tocá el botón de contacto acá abajo y escribinos por WhatsApp: en JRC nos encargamos de que tu pyme cumpla a tiempo y con total tranquilidad.

¿Cómo afecta esto a tu empresa?

Escribinos y lo revisamos con vos.

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Equipo JRC

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Publicado el 5 de junio, 2026 · Fuente: CR Hoy

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