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Reducí o eliminá el pago parcial de renta de tu empresa si tus ingresos bajaron este año

Si tenés un negocio en Costa Rica, sabés que el flujo de caja es el oxígeno de tu empresa. Por eso, el vencimiento del primer pago parcial del impuesto sobre la renta, fijado para el próximo 30 de junio, es una fecha que tenés que anotar ya mismo en tu calendario. Este desembolso no es un impuesto nuevo, sino un adelanto obligatorio que Hacienda te pide tres veces al año (en junio, setiembre y diciembre) para amortizar lo que te tocará pagar en marzo del próximo año.

Cada uno de estos tres adelantos equivale al 25% del impuesto total proyectado para tu periodo fiscal. Para calcularlos, Hacienda toma el promedio de tus declaraciones de los últimos tres años y lo compara con el impuesto del año anterior. El sistema elige el monto que resulte más alto y divide esa cifra en tractos. Sin embargo, la realidad de tu pyme puede cambiar de un mes a otro, y pagar un monto calculado sobre años mejores puede ahogar tus finanzas actuales.

A cluttered desk with a laptop, financial reports, calculator, and glasses indicating a busy work environment.
Foto de Atlantic Ambience en Pexels

¿Qué significa esto para tu empresa?

Este año el proceso tiene una novedad muy importante: es la primera vez que estos adelantos se gestionan a través de la nueva plataforma digital de Hacienda, conocida como Tribu-CR. Este cambio tecnológico trae una complicación importante para quienes tienen saldos a favor (es decir, plata que pagaron de más en otros impuestos, como el IVA, y que Hacienda les debe).

En los sistemas anteriores, podías usar esos saldos a favor de forma casi automática para cubrir tus pagos parciales de renta. Ahora, con Tribu-CR, el sistema no permite la compensación automática para este trámite. Si tenés un saldo positivo y querés usarlo para no desembolsar efectivo este mes, tenés que presentar una solicitud formal ante la Administración Tributaria.

Hagamos un ejemplo sencillo. Imaginemos que tenés una veterinaria. Al comprar medicamentos y equipo pagás el Impuesto al Valor Agregado (IVA), y luego cobrás el IVA a tus clientes. Si al final te queda un saldo acumulado a tu favor de 300.000 colones y tu pago parcial de renta de junio es de 200.000 colones, podrías usar esa plata para no pagar nada en efectivo. No obstante, para lograrlo ahora tenés que hacer un trámite administrativo específico antes del vencimiento. Si no lo hacés a tiempo, el sistema asumirá que no pagaste.

¿Qué tenés que hacer y cuándo?

Si tus ingresos bajaron, si proyectás pérdidas para este año o si tenés saldos a favor que querés aplicar, tenés herramientas legales para defender tu flujo de caja. Según reportó El Financiero con base en especialistas tributarios, existen tres caminos claros que podés tomar antes de que venza el plazo del 30 de junio.

Primero, si querés usar un saldo a favor, debés realizar una solicitud de compensación de saldos migrados en la pestaña de solicitudes de Tribu-CR. Este trámite se conoce como petición 102. Es fundamental que lo presentés antes del vencimiento, pues la ley le da a Hacienda un plazo de hasta dos meses para resolver la gestión.

Segundo, si tu negocio tuvo ingresos extraordinarios el año pasado (por ejemplo, una venta única de un activo que no se va a repetir) y eso infló artificialmente tu promedio, podés pedir una reducción del pago parcial. Para esto, tenés que presentar tus estados financieros y demostrarle a Hacienda que ese ingreso no forma parte de la operación normal de tu pyme.

Tercero, si tu proyección financiera muestra que tu empresa va a cerrar el año con pérdidas, podés solicitar la eliminación completa de los pagos parciales restantes. Esto se realiza mediante el formulario D-403 (la solicitud de variación de pagos parciales). Para que Tributación te lo apruebe, tu contador debe adjuntar un estudio financiero detallado que respalde por qué el negocio no generará utilidades al cierre del ejercicio.

¿Qué pasa si simplemente decidís no pagar el adelanto? Aunque la omisión de los pagos parciales no genera una multa directa, Hacienda sí te cobrará intereses por cada día de atraso. Actualmente, la tasa de interés por no realizar este anticipo a tiempo es del 8,35% anual. Es un gasto innecesario que puede evitarse con una planificación adecuada.

Sabemos que navegar por la nueva plataforma Tribu-CR y preparar los estudios financieros para el formulario D-403 puede ser un dolor de cabeza cuando estás enfocado en vender y hacer crecer tu negocio. Si querés que analicemos tus números para ver si aplicás para una rebaja o eliminación de estos adelantos, tocá el botón de contacto acá abajo y escribinos por WhatsApp: nosotros nos encargamos de todo el trámite con Hacienda por vos.

¿Cómo afecta esto a tu empresa?

Escribinos y lo revisamos con vos.

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Equipo JRC

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Publicado el 24 de junio, 2026 · Fuente: El Financiero

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