Evitá sorpresas si tenés una sociedad en Panamá: así te afecta su nueva reforma fiscal
Si usás una sociedad en Panamá para proteger tus activos, registrar marcas o recibir las ganancias de tus negocios fuera de Costa Rica, esta noticia te toca directamente. El Congreso de Panamá aprobó el proyecto de ley 641, una reforma que introduce reglas muy estrictas de sustancia económica. Esto significa que las conocidas sociedades de papel, que antes se mantenían activas con un costo mínimo y un representante legal allá, ahora van a estar bajo la lupa y podrían empezar a pagar impuestos altos si no demuestran una operación real.
La norma busca que Panamá salga de las listas grises internacionales y se alinee con los estándares globales, un camino muy parecido al que Costa Rica ya recorrió en años anteriores. Aunque el cambio parece lejano porque se aplicará por completo a partir del período fiscal 2027, el tiempo corre rápido y la reestructuración de estas sociedades requiere planificación ordenada para evitar contingencias graves.

¿Qué significa esto para tu empresa?
Durante décadas, muchas pymes consolidadas y empresas familiares costarricenses abrieron sociedades holdings en Panamá. Una holding es, en palabras sencillas, una sociedad que no vende un producto directamente, sino que es dueña de las acciones de otras empresas, marcas o inversiones. Hasta ahora, estas sociedades disfrutaban de una exención tributaria casi total sobre las rentas que recibían del extranjero, como dividendos, intereses, regalías por derechos de autor o ganancias por vender propiedades.
Para mantener este beneficio, solo necesitabas pagar la tasa anual del gobierno y contar con un agente residente, que suele ser un abogado panameño. Con la nueva reforma, eso ya no va a ser suficiente.
Si tu sociedad panameña recibe ingresos de inversiones y forma parte de un grupo empresarial, Hacienda de Panamá te va a exigir demostrar que tenés una operación económica real en su territorio. Esto implica cumplir con varios requisitos estrictos:
- Contar con oficinas físicas y equipo técnico adecuado dentro de Panamá.
- Tener personal calificado y contratado directamente allá, con su respectiva planilla.
- Demostrar que las decisiones de la junta directiva y el rumbo del negocio se toman realmente en suelo panameño.
- Registrar gastos operativos reales y proporcionales a los ingresos que genera la sociedad.
Si tu sociedad no cumple con estas condiciones, Panamá considerará que es un cascarón vacío y le aplicará un impuesto fijo del 15% sobre todas esas ganancias que reciba del exterior. Lo que antes estaba exento, ahora pasará a pagar una tasa que golpeará directamente tus utilidades.
Imaginá, por ejemplo, que tu pyme en Costa Rica tiene registrada su marca comercial bajo una sociedad panameña para proteger la propiedad intelectual y le paga regalías anuales a esa entidad. Si esa sociedad en Panamá no tiene un solo empleado ni una oficina de verdad, esas regalías perderán la exoneración y Hacienda de Panamá les cobrará el 15%. Lo mismo pasará si usás esa sociedad para recibir dividendos de operaciones en otros países de la región.
¿Qué tenés que hacer y cuándo?
La fecha límite para tener todo en orden es antes de que inicie el período fiscal 2027. Aunque parece que tenés bastante tiempo, los procesos legales internacionales, el traslado de activos o la liquidación de sociedades no se hacen de un día para otro.
El primer paso es hacer un diagnóstico de tu situación. Revisá junto a tus asesores si las sociedades que tenés registradas en el vecino país reciben rentas del extranjero y si entran en la categoría de holdings de un grupo empresarial. Si es así, tenés que evaluar tres caminos posibles según la realidad de tu negocio:
- Crear sustancia real en Panamá, lo que implica alquilar un espacio físico y contratar personal allá, evaluando si el costo de esta operación se justifica con el beneficio fiscal.
- Preparar tu flujo de caja para asumir el pago del 15% de impuestos en Panamá a partir de 2027.
- Traer de vuelta esos activos o marcas a Costa Rica, simplificando tu estructura bajo las leyes tributarias costarricenses.
La peor estrategia en estos casos es ignorar el cambio y esperar a que llegue la fecha límite. Hacienda de Panamá cruzará información de manera automática con otras entidades financieras de la región, por lo que las sociedades inactivas o sin personal que muevan flujos de dinero altos van a ser las primeras en ser fiscalizadas.
Si querés que analicemos la estructura societaria de tu negocio para confirmar si estas nuevas reglas de Panamá afectan tus finanzas o la protección de tus marcas comerciales, tocá el botón de contacto acá abajo y escribinos por WhatsApp: en JRC Consulting Group nos encargamos de guiarte paso a paso para que tu patrimonio siga seguro y cumplas con la ley sin complicaciones.

Equipo JRC
Publicado el 3 de junio, 2026 · Fuente: El Financiero
